Martín Aguilar
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó seis amparos otorgados a empresas privadas contra las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) de 2019.
En la sesión de este miércoles 15 de enero, la Corte resolvió que dichos amparos debían ser revocados y anulados, por lo que no existió un posicionamiento del Alto Tribunal contra la LIE.
La reforma a dicha Ley se promulgó el pasado 9 de marzo de 2019, luego de que el expresidente López Obrador enviara la propuesta de reforma que, según analistas, buscaba fortalecer a la Comisión Federal de Electricidad.
El proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama estableció el desechamiento de los amparos basado en la reforma del 31 de octubre de 2024, el cual "tuvo por objetivo, de manera esencial, la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, no ya el desarrollo de mercados competitivos y eficientes, sino la preservación de la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación", indica el proyecto de Batres.
Por ello, basado en la prevalencia constitucional de priorizar instituciones del Estado como la CFE, "los efectos de la concesión del amparo no podrían concretarse", agrega el documento avalado.
Las empresas que perdieron los amparos fueron Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Parque Solar Villanueva, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol, Promotora V.A. y Fuentes de Energía Peñoles.
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