Martín Aguilar
Esto, en el marco de una eventual discusión en torno a la legalidad de la reforma constitucional, que se analizará próximamente en la SCJN y en donde se requiere mayoría calificada para echarla abajo.
El conflicto surgió luego de que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena cuestionara al Pleno sobre si, en caso de no alcanzar ocho votos en una acción de inconstitucionalidad, esta se desestima por completo.
"¿Con fundamento en qué artículo estamos tomando ocho votos como votación, como requisito, para declarar la validez de una norma? Es una duda. Yo en el texto constitucional actual (reforma constitucional) no encuentro un requisito de ocho votos", agregó el ministro.
Posteriormente, el ministro Alberto Pérez Dayán indicó que mientras la Corte tenga 11 ministros, en acciones de inconstitucionalidad deben emitirse ocho votos como mayoría calificada.
Lee más: Reforma judicial: fechas clave para renovar a ministros, jueces y magistrados por voto popular
Ante ello, Gutiérrez Ortiz Mena advirtió que no existe norma constitucional que indique que debe existir una mayoría de ocho en estas discusiones.
El tema provocó una serie de argumentos entre los diferentes ministros del Pleno, dado que la recién aprobada reforma judicial establece que la mayoría en la Corte se da con seis votos, aunque este requisito se contempla con la eventual conformación de la SCJN de nueve ministros, situación que aún no se da.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que, mientras la Corte se mantenga con una integración de 11 ministros, se requieren ocho votos para la mayoría calificada, al menos hasta que lleguen los ministros electos por voto popular, como plantea la reforma judicial.
"Si la propia reforma, en su régimen transitorio establece que esta integración se va a mantener hasta el último día de agosto de 2025, tiene, desde mi punto de vista, dos consecuencias necesarias: una, lógicamente que la integración del pleno seguirá de 11. Dos. Que las votaciones calificadas, mientras haya una integración de 11, deberán ser de ocho", explicó Pardo Rebolledo.
Agregó que, hasta ese último día de agosto de 2025, también continuarán funcionando las Salas de la SCJN, que tras la implementación de la reforma judicial desaparecerán.
En su turno, el ministro Javier Laynez Potisek advirtió que el Congreso de la Unión, al avalar la reforma judicial, estableció que debía obedecerse literalmente tal cual está estipulada, y dejar de lado interpretaciones:
"El Constituyente Permanente ordenó que se excluyera toda interpretación y que este decreto de la Constitución (la reforma judicial y sus transitorios) deberá interpretarse literalmente (...) Por eso, algo que para mí hubiese sido relativamente sencillo por los métodos de interpretación que un Tribunal (como la SCJN) debiera tener, me pregunto si eso no fue ya también vedado", acusó Laynez.
La ministra Loretta Ortíz Ahlf reconoció que actualmente existe un vacío legal en la reforma constitucional que modificó el Poder Judicial de la Federación.
"Si tuviéramos norma, entonces interpretaríamos la norma o aplicaríamos la norma conforme al principio de interpretación literal, pero no tenemos normas", acusó Ortíz Ahlf.
La Ministra partidaria de la reforma judicial explicó que en futuras ocasiones se podrían presentar este tipo de situaciones, ya que el ministro Luis María Aguilar Morales se jubilará el próximo 30 de noviembre y la Corte quedará con 10 ministros.
"En unos meses vamos a estar integrados por 10 y, vamos a tener otra interpretación. Es una situación que queda a nuestro criterio", expuso la ministra.
En ello coincidió la ministra Lenia Batres Guadarrama:
"Implica una resolución sistemática porque se trata efectivamente de un vacío legal (...) Entonces estamos adoptando ya dos temas, el de la integración del pleno y el del funcionamiento de las salas pues ajenos propiamente a la reforma (judicial), en consecuencia tendríamos ahorita ya que asumir la mayoría de ocho", argumentó Batres.
Durante la segunda participación de Lenia Batres, acusó que la Corte recaería en hechos "absurdos" al no ser congruente en atender con literalidad la Constitución en temas similares, ya que la SCJN optó por mantener las Salas funcionando pese a que ya no están estipuladas en la Constitución, y en este caso buscan atender con literalidad los seis votos como mayoría calificada.
Ante esto, la ministra presidenta Norma Piña pidió a Batres que no utilizara ese tipo de calificativos.
En respuesta, Batres cuestionó: "No sé bajo que regla usted me pueda reconvenir a no usar la palabra 'absurdo'. Me parece que es inadecuado y tendríamos que ponernos de acuerdo acerca de los límites de la libertad de expresión y la libertad argumentativa. Entiendo que un límite obvio es no faltarnos al respeto, pero creo que no existe forma de que usted (Piña) nos contenga respecto a las palabras que utilicemos", dijo Batres, para luego reiterar que le parece "absurda" la consideración de algunos ministros.
El conflicto surgió luego de que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena cuestionara al Pleno sobre si, en caso de no alcanzar ocho votos en una acción de inconstitucionalidad, esta se desestima por completo.
"¿Con fundamento en qué artículo estamos tomando ocho votos como votación, como requisito, para declarar la validez de una norma? Es una duda. Yo en el texto constitucional actual (reforma constitucional) no encuentro un requisito de ocho votos", agregó el ministro.
Posteriormente, el ministro Alberto Pérez Dayán indicó que mientras la Corte tenga 11 ministros, en acciones de inconstitucionalidad deben emitirse ocho votos como mayoría calificada.
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Ante ello, Gutiérrez Ortiz Mena advirtió que no existe norma constitucional que indique que debe existir una mayoría de ocho en estas discusiones.
El tema provocó una serie de argumentos entre los diferentes ministros del Pleno, dado que la recién aprobada reforma judicial establece que la mayoría en la Corte se da con seis votos, aunque este requisito se contempla con la eventual conformación de la SCJN de nueve ministros, situación que aún no se da.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que, mientras la Corte se mantenga con una integración de 11 ministros, se requieren ocho votos para la mayoría calificada, al menos hasta que lleguen los ministros electos por voto popular, como plantea la reforma judicial.
"Si la propia reforma, en su régimen transitorio establece que esta integración se va a mantener hasta el último día de agosto de 2025, tiene, desde mi punto de vista, dos consecuencias necesarias: una, lógicamente que la integración del pleno seguirá de 11. Dos. Que las votaciones calificadas, mientras haya una integración de 11, deberán ser de ocho", explicó Pardo Rebolledo.
Agregó que, hasta ese último día de agosto de 2025, también continuarán funcionando las Salas de la SCJN, que tras la implementación de la reforma judicial desaparecerán.
En su turno, el ministro Javier Laynez Potisek advirtió que el Congreso de la Unión, al avalar la reforma judicial, estableció que debía obedecerse literalmente tal cual está estipulada, y dejar de lado interpretaciones:
"El Constituyente Permanente ordenó que se excluyera toda interpretación y que este decreto de la Constitución (la reforma judicial y sus transitorios) deberá interpretarse literalmente (...) Por eso, algo que para mí hubiese sido relativamente sencillo por los métodos de interpretación que un Tribunal (como la SCJN) debiera tener, me pregunto si eso no fue ya también vedado", acusó Laynez.
La ministra Loretta Ortíz Ahlf reconoció que actualmente existe un vacío legal en la reforma constitucional que modificó el Poder Judicial de la Federación.
"Si tuviéramos norma, entonces interpretaríamos la norma o aplicaríamos la norma conforme al principio de interpretación literal, pero no tenemos normas", acusó Ortíz Ahlf.
La Ministra partidaria de la reforma judicial explicó que en futuras ocasiones se podrían presentar este tipo de situaciones, ya que el ministro Luis María Aguilar Morales se jubilará el próximo 30 de noviembre y la Corte quedará con 10 ministros.
"En unos meses vamos a estar integrados por 10 y, vamos a tener otra interpretación. Es una situación que queda a nuestro criterio", expuso la ministra.
En ello coincidió la ministra Lenia Batres Guadarrama:
"Implica una resolución sistemática porque se trata efectivamente de un vacío legal (...) Entonces estamos adoptando ya dos temas, el de la integración del pleno y el del funcionamiento de las salas pues ajenos propiamente a la reforma (judicial), en consecuencia tendríamos ahorita ya que asumir la mayoría de ocho", argumentó Batres.
Durante la segunda participación de Lenia Batres, acusó que la Corte recaería en hechos "absurdos" al no ser congruente en atender con literalidad la Constitución en temas similares, ya que la SCJN optó por mantener las Salas funcionando pese a que ya no están estipuladas en la Constitución, y en este caso buscan atender con literalidad los seis votos como mayoría calificada.
Ante esto, la ministra presidenta Norma Piña pidió a Batres que no utilizara ese tipo de calificativos.
En respuesta, Batres cuestionó: "No sé bajo que regla usted me pueda reconvenir a no usar la palabra 'absurdo'. Me parece que es inadecuado y tendríamos que ponernos de acuerdo acerca de los límites de la libertad de expresión y la libertad argumentativa. Entiendo que un límite obvio es no faltarnos al respeto, pero creo que no existe forma de que usted (Piña) nos contenga respecto a las palabras que utilicemos", dijo Batres, para luego reiterar que le parece "absurda" la consideración de algunos ministros.
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