Martín Aguilar
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la absolución que un Tribunal Colegiado otorgó a Rosario Robles, señalada por omisión en el desvío de recursos públicos durante su gestión al frente de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).
Este martes la Corte dio entrada al asunto 4419/2024, el cual corresponde a un recurso de revisión promovido por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en contra de la resolución del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal de la CDMX, el cual absolvió a Rosario Robles de la pena que enfrentaba por el ejercicio indebido del servicio público durante su gestión en el sexenio de Enrique Peña Nieto.
La revisión solicitada por la ASF, encabezada por David Colmenares, se turnó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien deberá estudiar el caso y determinar si la absolución de Robles fue constitucional o no.
De acuerdo con el expediente abierto en la SCJN, el caso será radicado en la Primera Sala de la Corte; sin embargo, en caso de que así lo determine el ministro González Alcántara Carrancá, podría llegar al Pleno para su discusión.
"Si se considera necesaria la intervención del Pleno de este Alto Tribunal, con fundamento en el numeral 87 del referido Reglamento, previo dictamen o acuerdo que se emita, recibido el asunto en la subsecretaría general de acuerdos, con la certificación del titular de ésta, radíquese en Pleno y remítase al Ministro designado ponente para los efectos legales correspondientes", apunta la notificación de la SCJN.
Robles permaneció en prisión preventiva justificada durante tres años en el penal de Santa Martha Acatitla por su supuesta implicación en el caso de la Estafa Maestra, en el que fueron desviados más de cinco mil millones de pesos de Sedesol y Sedatu cuando ella era la titular. En la acusación original, la FGR afirmó que ella no hizo nada para evitar dicha pérdida multimillonaria.
El proceso penal fue cancelado el pasado 2023 luego de que el Tribunal Colegiado determinara que los hechos que se le imputaban a Robles eran de carácter administrativo, y no delitos contemplados en el Código Penal Federal cuando la Fiscalía comenzó la investigación.
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