Rebeca Marín
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció una serie de obligaciones específicas a Megacable por considerar que esta empresa tiene un poder sustancial en nueve mercados del país que dificultan la competencia de proveedores del servicio de televisión y audio restringidos.
Se encontró que se debe de promover la participación de más competidores en los siguientes mercados que están en manos de Megacable que son: San Mateo Atenco, Zinacantepec en el Estado de México; en León, Guanajuato; Guadalajara y Tonalá en Jalisco; Cuautlancingo y San Pedro Cholula en Puebla y en la Corregidora y El Marqués en Querétaro.
En un comunicado, el organismo regulador dijo que "Megacable deberá establecer un Servicio Mayorista de Reventa del Servicio de Televisión y Audio Restringidos (STAR)".
Al convertirse en proveedor mayorista se reducirán las barreras de entrada a los competidores que no pueden dar el servicio de televisión y audio restringidos por los altos costos que requiere desplegar la infraestructura.
Además de que debe "limitar los plazos forzosos a los que estarían obligados los usuarios finales al momento de contratar su servicio y evitar condicionantes adicionales que les impidan la libre elección de un proveedor, entre otras medidas".
Se le pide a Megacable mantener los precios que se pacten originalmente durante la vigencia del contrato; garantizar que se informará al usuario mejoras que se registren en las condiciones de los paquetes que se ofertan, así como aumentar la publicidad sobre las tarifas en paquete o individuales, entre otras acciones.
Con la finalidad de que los usuarios tengan suficiente información sobre el servicio sin que haya restricciones a la libertad de los consumidores de cambiarse de proveedor.
Por su parte, dijo que es "improcedente" la afirmación y presentó una demanda de amparo.
El Pleno del IFT consideró que la empresa debe asumir una serie de obligaciones específicas para que entren más proveedores del servicio de televisión y audio restringidos en San Mateo Atenco, Zinacantepec en el Estado de México; en León, Guanajuato; Guadalajara y Tonalá en Jalisco; Cuautlancingo y San Pedro Cholula en Puebla y en la Corregidora y El Marqués en Querétaro.
Al respecto, la empresa afirmó que "iniciará las acciones legales correspondientes en contra de las medidas específicas emitidas por el IFT al extralimitarse en sus facultades, tanto en los alcances de las propias medidas como en el Grupo de Interés Económico determinado para el cumplimiento, lo que resulta en una violación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) además de violentar los principios de legalidad y proporcionalidad"
Añadió que "resalta" que el IFT asevera que hay poder sustancial "sólo en esos nueve mercados" y en el servicio de televisión y audio restringido.
A pesar de ello, expuso que la resolución del IFT "no causan ni constituyen un evento relevante, que afecta las operaciones de Megacable".
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