Gobierno de la CDMX publica lineamientos para el pago de derechos de licencias para medos publicitarios

Rebeca Marín

La Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), publicaron este lunes en la Gaceta Oficial capitalina los lineamientos para el pago de derechos por la expedición de licencias de medios publicitarios para el ejercicio fiscal 2024, vigentes del 30 de abril al 20 de diciembre.

 

Por primera vez en 10 años se llevará a cabo el cumplimiento cabal en materia de derechos para la emisión de licencias por parte de las personas físicas y morales que cumplan con la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, promulgada en la actual administración.

 

Es así que el Gobierno de la Ciudad de México estima una recaudación anual total de más de 100 millones de pesos por el pago eficaz de derechos por emisión de licencias para medios publicitarios tipo autosoportados, muros ciegos de colindancia y vallas.

 

Y se autorizará el pago hasta en tres parcialidades anuales, sin generar recargos ni actualizaciones a medios publicitarios tipo autosoportados y muros ciegos. En tanto, para medios publicitarios tipo vallas, se prevé la condonación parcial del 75 por ciento del pago por la expedición de las licencias respectivas, exclusivamente a quienes manifiesten su disposición a la regularización plena y a trabajar en el estricto marco de la nueva Ley.

 

Ambas dependencias indican que la expedición de licencias, previstas en la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México y su Reglamento fortalece la certeza jurídica y transparencia en la instalación y permanencia de medios publicitarios y estará disponible para consulta pública en la Plataforma Digital de Publicidad Exterior de la Ciudad de México.

 

El objetivo es estimular y fortalecer la regularización de pagos por parte de las empresas y les permite cumplir con sus obligaciones fiscales en el marco normativo. Asimismo, lo publicado el día de hoy reforzará el combate a la ilegalidad en la que algunas personas dedicadas a la publicidad han buscado mantenerse, lo que les hace acreedores a multas y sanciones.

 

Para garantizar la seguridad e integridad de las personas y sus bienes -previo a la emisión de la licencia- los medios publicitarios deberán contar con la opinión técnica favorable en materia de protección civil otorgada por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, así como con la responsiva de un Director Responsable de Obra y de un Corresponsable de Seguridad Estructural.

 

Las personas físicas y morales que soliciten licencia para medios publicitarios tipo autosoportados y muros ciegos de colindancia, deberán cumplir con lo establecido en el Séptimo Transitorio de la Ley de Publicidad Exterior respecto al proceso de ordenamiento de estos medios publicitarios, así como contar con el Acuerdo de Viabilidad y el expediente técnico correspondiente.

 

Tratándose de medios publicitarios en vallas, quienes soliciten licencia deberán contar con el expediente técnico correspondiente que acompañe dicha solicitud, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley y su Reglamento.

 

Y los publicistas que se encuentren en proceso de reordenamiento para medios publicitarios tipo autosoportados, vallas y muros ciegos deberán solicitar la aplicación de estas disposiciones al momento de tramitar la licencias correspondientes, indicando, para el caso de tipo autosoportados y muro ciego, el número de parcialidades en las que deseen cubrir la totalidad del monto respectivo, sin exceder de tres. 


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