Martín Aguilar
El Senado de la República aprobó a finales del año pasado, un conjunto de reformas para prevenir y atender el fenómeno de la violencia vicaria que han dado oportunidad una vía legal para justificar la implementación de políticas públicas en la materia, según una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República.
El estudio titulado "Reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Penal Federal y al Código Civil Federal sobre violencia vicaria", elaborado por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, detalla que esta reforma contempló cinco iniciativas mediante las cuales se planteaba reconocer a la violencia vicaria en normas federales.
De este modo, la reforma aprobada en noviembre de 2023 definió a la violencia vicaria como aquella que se ejerce a través de interpósita persona, por medio de acciones como amenazar con causar daño a hijas e hijos, amenazar con ocultar, retener o sustraer a hijas e hijos, utilizarlos para obtener información respecto de la madre, entre otras conductas.
También se precisó que los Poderes Legislativos, Federal y Locales deben contribuir a erradicar violencias contra las mujeres dentro de la familia mediante a través de medidas tales como tipificar el delito de violencia vicaria, establecer dicha violencia como causal de divorcio, pérdida de patria potestad, restricción de régimen de visitas, incluir en la sentencia que la persona agresora debe participar en servicios reeducativos, entre otras.
De acuerdo con la investigadora, si bien las reformas no modificarán automáticamente las cifras y el actuar de los victimarios de violencia por interpósita persona, lo cierto es que ya existe una vía legal para justificar la implementación de políticas públicas y de acciones gubernamentales para su prevención y sanción.
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