Cdmx, enero 31 de 2024.
Pedro Moreno
* La Corte otorgó un amparo a seis empresas al considerar que la reforma aprobada en 2021 vulnera las reglas del mercado eléctrico.
Este miércoles 31 de enero, en la sesión de la Segunda Sala, la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo para seis empresas al considerar que la Ley de la Industria Eléctrica, aprobada en 2021, es inconstitucional y otorgó un amparo para seis empresas que argumentaron que la reforma iba en contra de las reglas del mercado eléctrico mayoristas, que prevé la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde 2013, cuando se hicieron modificaciones en el sexenio de Enrique Peña Nieto.
Pese a lo anterior, es importante destacar que los ministros aclararon que, para efectos prácticos, se debe de aplicar la reforma; sin embargo, las autoridades deberán actuar con la versión anterior a la Ley de la Industria Eléctrica con el fin de no crear problemas en el mercado.
Al respecto, el fallo de la Segunda Sala dice: "Por virtud del amparo, no podrán dejar de producirse consecuencias de manera general respecto de todos los agentes económicos que participan; máxime que, de no reconocerse esos resultados colaterales de la protección constitucional, podría crearse una diversa distorsión en ese mercado".
Igualmente, indica que los artículos que violan las leyes mexicanas son aquellos que ordenan preferencia en el uso de energía para la Comisión Federal de Electricidad o empresas privadas que tienen concesiones en la paraestatal, así como el artículo que eliminó la obligación de realizar subastas para adquirir la energía.
Además, la resolución detalla que de acuerdo a lo que se mencionó en la discusión, así como en el proyecto, los puntos que estaría violando la Ley de la Industria Eléctrica son: contratos con compromiso de entrega física; prioridad a lo anterior sobre las energías limpias; despacho preferente en las centrales de la CFE; eliminar las subastas; reglas de asignación y despacho del Cenade; permitir a la CFE obtener certificados de Energías Limpias.
Trascendió que durante la votación hubo contrariedades debido a que se dio un empate con dos votos a favor de los Ministros Alberto Pérez Dayán y de Luis María Aguilar; mientras que Yasmín Esquivel y Lenia Batres votaron en contra, además de que el Ministro Javier Láynez se excusó, lo que provocó que Pérez Dayán rompiera el empate en su calidad de Presidente de la Sala.
Poco después del voto de los integrantes de la Segunda Sala, el Instituto Mexicano para la Competitividad, recordó que el Ejecutivo Federal, mediante la Secretaría de Energía, interpuso recursos legales para que no se presentara el proyecto del Javier Láynez, mismo que preveía invalidar la aplicación de la ley.
Así mismo, a través de redes sociales dicha institución escribió: "Después de meses de retrasos, la discusión del proyecto del Ministro Laynez para invalidar la aplicación de las reformas a la LIE se retiró debido a recursos legales interpuestos por el Ejecutivo Federal. Sin embargo, el proyecto del Ministro Pérez Dayán sí se votó".
Trascendió que la actual administración federal ha señalado un presunto conflicto de interés del Ministro Laynez, debido a que se desempeñó como Procurador Fiscal de la Federación y de haber estado a favor de la iniciativa que se presentó en el sexenio anterior.
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