Subsecretaría de Movilidad en el Edomex podrá cancelar concesiones a grúas y transporte público sino cumplen con la norma

Martín Aguilar

La Secretaría de Movilidad del Estado de México, a cargo de Daniel Sibaja González, delegó atribuciones a la Subsecretaría del ramo para que ésta pueda cancelar concesiones de grúas y de transporte público concesionado, ampliando así las facultades de la dependencia, con el fin de atender la problemática que afecta a uno de los sectores más importantes del estado.

 

Lo anterior fue publicado hoy en la Gaceta Oficial del Gobierno estatal, donde se establece que además de las obligaciones que tiene la Subsecretaría, de planear, coordinar, dirigir, controlar y evaluar la operatividad del servicio de transporte público y mixto en el estado, ahora tendrá la atribución de otorgar, modificar, revocar, rescatar, sustituir, cancelar o dar por terminadas las concesiones, permisos o autorizaciones, según corresponda.

 

Esto incluye asuntos relacionados a la prestación del servicio público de pasajeros colectivo, individual, mixto, y el servicio de arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito de vehículos, fijando los requisitos mediante disposiciones de carácter general para su otorgamiento.

 

La Gaceta Oficial de Gobierno del Estado de México establece que en el Acuerdo del Secretario de Movilidad, por el que se delega atribución a la persona titular de la Subsecretaría de Movilidad, la intención es alcanzar una mejor organización y distribución de las actividades encomendadas a la Secretaría de Movilidad.

 

Sin embargo, lo publicado en el periódico oficial, consigna que "la delegación de atribución prevista en el presente Acuerdo no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por el suscrito conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y el Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad"; es decir, que el titular de la dependencia también continuará ejerciendo dichas facultades y también puede cancelar concesiones.

 

De igual manera, se establece que "en el desempeño de las atribuciones delegadas con motivo del presente Acuerdo, la persona titular de la Subsecretaría de Movilidad, deberán observar los principios de legalidad, objetividad, disciplina, imparcialidad, integridad, profesionalismo, honradez, lealtad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen su función de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables".

 

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Afirma también que la persona titular de la Subsecretaría de Movilidad deberá rendir cuentas del ejercicio y gestión de la delegación de la atribución prevista en el presente Acuerdo, cuando la persona titular de la Secretaría Movilidad lo solicite.

 

El acuerdo publicado sostiene que la Secretaría de Movilidad es la dependencia encargada de planear, formular, dirigir, coordinar, gestionar, evaluar, ejecutar y supervisar las acciones, políticas, programas, protocolos, proyectos y estudios para el desarrollo del sistema integral de movilidad, incluyendo el servicio público de transporte de jurisdicción estatal, sus servicios conexos y los sistemas de transporte masivo o de alta capacidad, así como el desarrollo y administración de la infraestructura vial primaria y de la regulación de las comunicaciones de jurisdicción local. 


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