Martín Aguilar
Por no encontrar elementos suficientes para proceder en su contra, un Tribunal federal exoneró a los tres abogados y un operador financiero que en febrero pasado fueron acusados por el también litigante Juan Collado de extorsionarlo a cambio de brindarle su ayuda para librar el proceso penal en su contra.
Collado, quien es conocido en la élite política por ser el abogado de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari y Enrique Peña Nieto, acusó que un grupo de abogados, presuntamente relacionados con el exconserjero Jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra, se acercaron a él para solicitarle una suma de dinero a cambio de ayudarle a sortear la acusación en su contra que lo tiene en prisión desde 2019.
Sin embargo, tras el análisis del caso la magistrada Graciela Rocío Santes Magaña, titular del Cuarto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, optó por dictar la no vinculación a proceso contra los abogados Juan Araujo, César Omar González Hernández, Isaac Pérez y el asesor David Gómez Arnau.
Lo anterior, luego de que la juzgadora no encontró elementos de prueba para proceder legalmente contra los acusados, además de identificar inconsistencias en las declaraciones de Collado y su hijo −a través de quien presuntamente se hizo el trato− ante el Ministerio Público Federal, lo que dio inicio a la investigación y el juicio posterior.
"Este Tribunal de Alzada estima que la deficiencia en la imputación, por la forma en que fue narrado este evento delictivo, se encuentra en que la Fiscalía (General de la República) consideró procedente ejercer la acción penal por actos de constreñimiento para la obtención de cierto lucro, cuya base son hechos que constituyen un acto de corrupción o la práctica de trámites irregulares conocidos previamente por el pasivo.
"Esto es, la incongruencia de la narrativa de la imputación, da lugar a considerar que la Fiscalía pretende ejercer la acción penal contra los imputados, porque obligaron a Juan Collado a entregar dos diversas cantidades de dinero, suscribir un contrato y vender su empresa de servicios financieros (Caja Libertad), aun cuando este último conocía que su origen y/o propósito tenían relación directa con una conducta antijurídica diversa", expuso.
Es decir, la magistrada determinó que la Fiscalía a cargo de Alejandro Gertz Manero −quien también solicitó la vinculación a proceso de Scherer Ibarra− no tiene la obligación de salvaguardar los intereses de Collado dado que los recursos que presuntamente habría facilitado al grupo de abogados tenían como propósito cometer un delito contra el sistema judicial del país.
De esta manera, el Tribunal Unitario ratificó el fallo del juez de Control del Reclusorio Sur, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, el pasado mes de mayo, cuando después de una audiencia de más de 23 horas declinó vincular a proceso a los abogados por asociación delictuosa, tráfico de influencias, extorsión y lavado de dinero.
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