Rebeca Marín
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó hoy Acuerdo con la metodología para fijar los precios, que ya no será una disposición de emergencia como la que entró en vigor a finales de julio de 2021, y, por tanto, no tendrá un periodo predeterminado de aplicación.
"Fijar precios máximos al gas LP equivale a otorgar un beneficio a la comunidad, a la colectividad, que se mantendrá fijo y permanente con la presente regulación, a efecto de impedir que el alza en los precios de los combustibles sea pagada a costa de los ciudadanos, aproximadamente el 79 por ciento de la población mexicana utiliza el gas LP como el principal combustible en sus actividades cotidianas, por lo tanto, es perceptible el
interés social que conlleva regular los precios excesivos", explica el Acuerdo.
El tope de 2021 fue establecido a raíz de una Directriz de Emergencia de la Secretaría de Energía, con una vigencia inicial de seis meses, que por ley solo podía prorrogarse por otro periodo igual, que vence mañana.
La CRE sostiene que el tope ha sido exitoso en proteger a los consumidores, ya que, sin esta medida, el precio hubiera llegado a 35.36 pesos por kilo, en vez de entre 23 y 27 pesos actuales, según la región.
También estima que, en un periodo de doce meses, el tope permanente resultará en ahorros de 29 mil 62 millones de pesos para 23 millones de familias, sin que se afecte la capacidad operativa de las 876 empresas permisionarias.
Otro punto a favor del nuevo Acuerdo es que, en diciembre pasado, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emitió un dictamen preliminar, en el que determina que no existen condiciones de competencia efectiva en 213 de los 220 mercados de distribución de gas LP en todo el País.
La ausencia de condiciones efectivas de competencia está prevista en la Ley de Hidrocarburos como fundamento para establecer topes al precio del gas LP, que, de otra manera, tendría que ser fijado libremente por las empresas.
Durante el proceso de consulta pública para este acuerdo, las asociaciones y empresas del sector advirtieron falta de claridad en las variables de la fórmula para calcular el precio, afectaciones a la distribución en localidades pequeñas o alejadas, y fomento al huachicol, amen que la Cofece aun no dicta una resolución definitiva sobre condiciones efectivas de competencia.
La CRE solo cambiará la metodología para fijar los precios máximos una vez que la Cofece emita el dictamen final de su investigación sobre las condiciones de competencia en el mercado de gas LP, o cuando sus propios monitoreos lleven al órgano regulador a considerar necesarios ajustes en algunas regiones.
Cabe recordar que, en 2021, decenas de empresas del sector promovieron amparos para impugnar los acuerdos de emergencia para el precio máximo.
Sin embargo, los jueces federales especializados en Competencia Económica se negaron a suspender la medida, por considerar que afectarían a la mayoría de la población.
El Poder Judicial aún no ha resuelto sobre la legalidad de los acuerdos de emergencia, que era dudosa, porque no existía ni siquiera un dictamen preliminar de Cofece sobre condiciones de competencia efectiva, pero esos juicios quedarán superados una vez que entre en vigor el nuevo Acuerdo Permanente.
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