Rebeca Marín
La Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) publico, a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, las Normas para la Regulación y Funcionamiento de los Mercado Públicos de la Ciudad de México, mismas que brindan certeza jurídica a las y los locatarios, así como transparencia y eficiencia administrativa con la adición de la simplificación administrativa y mejora regulatoria.
En las nuevas normas se aglutinan los lineamientos para la operación y funcionamiento de los mercados públicos, el Catálogo de Giros para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Mercados Públicos, el Empadronamiento, Refrendo y Autorización hasta por 90 días y Normas para las Romerías en Mercados Públicos, lo que coadyuva a la simplificación normativa.
Reconocimiento de Derechos Adquiridos de los locatarios o comerciantes permanentes, que establece la Constitución Política de la Ciudad de México.
Simplificación normativa: Mediante la implementación de un nuevo sistema de empadronamiento, cuyo desarrollo está a cargo de la ADIP, a través del cual se podrán realizar los trámites establecidos en las presentes Normas, dando certeza y seguridad jurídica a los locatarios o comerciantes permanentes
Simplificación administrativa y transparencia para beneficio de los locatarios o comerciantes permanentes, en todos los trámites que se señalan en la normatividad.
Sanciones: Se establece como prohibición para los locatarios o comerciantes permanentes, la modificación o alteración de las instalaciones eléctricas e hidrosanitarias sin autorización de la autoridad competente, cuyo incumplimiento será causa de una sanción, pudiendo ser hasta la cancelación de la cédula de empadronamiento.
Nueva Asignación: Los locales o puestos que deriven de una recuperación por inactividad, podrán ser objeto de una nueva asignación, conforme al procedimiento que establezca la Alcaldía, el cual deberá ser publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mismo que dará transparencia para su asignación.
Para la venta de animales, estará sujeto a lo establecido en la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México y su reglamento.
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