Rebeca Marín
El presidente de la Comisión Nacional Bancaría y de Valores (CNBV), Jesús de la Fuente, aclaró que sólo si existe un juicio de por medio, las autoridades podrán acceder a la información bancaria de personas y empresas.
De acuerdo con el funcionario, en la ley se establece claramente en qué casos se puede dar información, ya que el objetivo es garantizar la confianza de la clientela en el sector financiero en el país.
"(La ley) permite que se haga a través de solicitudes de la CNBV, fundamentadas y motivadas, y por supuesto autoridades judiciales, la ley los pone en primer lugar para pedir info, siempre y cuando haya un juicio, en la que la persona de la que se solicite información sea parte del juicio correspondiente", afirmó.
Asimismo, el presidente de la CNBV aseguró que el espíritu de la ley es muy claro y nunca se ha querido proteger a los delincuentes por ningún motivo.
"No es ese el espíritu del secreto bancario, el secreto bancario es promover la confianza de que tus cuentas no se van a divulgar, pero si hay algún delito o una situación indebida, da la misma ley las facultades para solicitar la información", precisó.
Ayer martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que era constitucional la facultad de las autoridades hacendarias de México para acceder a la información bancaria de personas y empresas sin necesidad de una orden judicial previa.
"La norma no es contraria al texto constitucional, pues si bien el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad legítima y satisface los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad", de acuerdo con el fallo.
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