Martín Aguilar
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la inexistencia de faltas atribuidas al presidente Andrés Manuel López Obrador por la difusión de propaganda gubernamental durante el tiempo previo a la consulta de revocación de mandato.
Sin embargo, su equipo de comunicación social sí fue señalado como responsable de este tipo de divulgación en la cuenta del Gobierno de México en Facebook.
En la sesión de la Sala Especializada de este jueves fueron desahogados diversos asuntos vinculados a la consulta de revocación de mandato, realizada el 10 de abril pasado, y ya declarada sin efectos jurídicos por la Sala Superior del TEPJF, al no haber alcanzado el umbral mínimo de participación ciudadana.
Sin embargo, en el desahogo de los temas relacionados al proceso, los magistrados rechazaron las peticiones del PAN en contra del jefe del Ejecutivo en los términos mencionados.
Como se dijo, si bien se declara la existencia de infracción por parte de la coordinación de Comunicación Social, en particular como responsables de la difusión del contenido en las plataformas oficiales, se deja a salvo al mandatario.
"Asimismo se propone declarar la inexistencia de la referida infracción atribuida al presidente de la República porque no se advierte, incluso de manera iniciaria, que haya instruido a dichos servidores públicos en el diseño, publicación y difusión sino que ello estuvo a cargo de la indicada Coordinación", se indica en el proyecto aprobado por unanimidad.
Sin embargo, como la difusión en Facebook referida desobedeció una medida cautelar dictada por el INE, esta sala especializada ordena se de vista al órgano interno de control de la presidencia de la República.
En otro asunto, también demandado por el PAN no se acreditó la calumnia, presuntamente por parte de Morena contra el gobernador de Tamaulipas.
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