Ablandan cambios para aumentar la seguridad en vehículos

Martín Aguilar

Con modificaciones para flexibilizar las exigencias de calidad de los vehículos nuevos y prohibir a estados y municipios gravar el tránsito de personas y cosas por sus territorios, la Cámara de Diputados aprobó la expedición de una nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

 

La minuta que regresó al Senado fue avalada con 347 votos a favor, 26 en contra y 106 abstenciones, luego que su discusión fue aplazada la semana pasada en medio de acusaciones de presiones por parte de armadoras y transportistas.

 

Los diputados aprobaron ocho reservas, siete de ellas promovidas por Morena, para establecer que los estándares de seguridad de los vehículos nuevos que se comercialicen en el País deberán cumplir con los estándares de calidad de las Normas Oficiales Mexicanas, las cuales tomarán como base los criterios internacionales en la materia.

 

De acuerdo con la redacción original del artículo 54, los vehículos nuevos tenían que cumplir con los criterios internacionales en materia de seguridad.

 

El pleno avaló también cambios a la redacción original del artículo 7, para quitarle al Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial que se creará a partir de la expedición de la nueva ley la facultad de definir las especificaciones técnicas del parque vehicular, ahora sólo podrán proponerlas.

 

Al justificar las modificaciones, el morenista Pablo Amílcar indicó que éstas eran necesarias para no violentar tratados comerciales suscritos por México, los cuales prohíben poner obstáculos técnicos al comercio internacional.

 

"Nuestro País debe cumplir con diversas obligaciones en materia comercial, una de ellas se refiere a los obstáculos técnicos al comercio contemplados en diversos instrumentos internacionales, como el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, mismos que se replican en tratados de libre comercio como el Tratado de México, Estados Unidos y Canadá y el Tratado Integral Progresista de la Asociación Transpacífico", dijo.

 

El legislador señaló que la minuta requería de estas modificaciones para hacerlo coherente con la realidad nacional e internacional y para blindar la ley de impugnaciones.

 

El pleno aprobó también modificaciones para establecer que no se podrán gravar los servicios de autotransporte federal y privado y sus servicios auxiliares.

 

Asimismo, para prohibir a los estados, municipios y a la Ciudad de México gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesan su territorio y señalar que tampoco podrán prohibir la entrada o salida de mercancía nacional o extranjera.

 

El presidente de la Comisión de Movilidad, el emecista Salomón Chertorivsky, advirtió que esta última modificación es inconstitucional.

 

"Este caso para que el transporte de carga no sea gravado en municipios y estados, eso está en el Artículo 115 de la Constitución y es la potestad de municipios y estados, nosotros no podemos legislar en una ley lo que ya está previsto en nuestra Constitución", dijo.

 

El pleno aprobó también una reserva presentada por el priista Ildefonso Guajardo, para incluir en el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial a la Secretaría de Economía, por ser el interlocutor con el sector automotriz.

 

"Haber excluido a la Secretaría de Economía es haber excluido al interlocutor fundamental con la industria automotriz mexicana", afirmó.

 

La nueva ley señala que la movilidad es un derecho y lo define como la posibilidad de trasladarse y disponer de un sistema de movilidad de calidad, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías.

 

Asimismo, define la seguridad vial como el conjunto de medidas, normas, políticas y acciones adoptadas para prevenir siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones y muertes a causa de éstos.

 

Además, establece la creación de un Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, como un mecanismo de coordinación entre las autoridades federal, estatal y municipal y del sector social para establecer las bases de la planeación, operación, funcionamiento y evaluación de la política en la materia.

 

La nueva ley plantea también velocidades máximas -30 km/h en calles secundarias y terciarias, 50 km/h en avenidas sin acceso controlado y 80 km/h en carriles centrales de avenidas con acceso controlado y para carreteras estatales-, hace obligatorio el uso de cinturón de seguridad y de casco para motociclistas y prohíbe el uso del teléfono celular. 


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