Rebeca Marín
La Concamin expuso en un documento los problemas con las devoluciones del IVA.
Algunos contribuyentes manifestaron que han tenido problemas con las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto lo expuso la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) en un planteamiento que presentó al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Además, la Concamin indicó que a los contribuyentes afectados les solicitaron información excesiva, y no recibieron respuesta de parte de la autoridad, afectando las finanzas de dichos contribuyentes.
Como parte de su respuesta, el SAT indicó que la ficha de trámite "10/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA", del Anexo 1-A, de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, señala los requisitos mínimos que se deben cumplir para su presentación.
La autoridad fiscal señaló que dichos requisitos mínimos se describen en la "Tabla 10.1 Solicitud de devolución de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado", contenida en la ficha de trámite mencionada. Además, aclaró que la tabla enumera de manera enunciativa, más no limitativa, la información y documentación que debe adjuntarse a una solicitud de devolución, en este caso del IVA.
El SAT explicó que, para determinar la procedencia de la devolución, podrá allegarse de los datos, informes o documentos que considere necesarios y que estén relacionados con la solicitud de devolución. Por eso, puede requerir al contribuyente, en los plazos establecidos para tal efecto.
La autoridad fiscal también precisó que cuenta con directrices internas que regulan el actuar de las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal, para lo siguiente:
No incurran en requerimientos excesivos, ambiguos, o que no se relacionan con el saldo a favor pretendido en devolución.
La notificación de los requerimientos no se realice fuera de los plazos establecidos.
Garantizar el derecho del contribuyente de obtener la devolución de impuestos que procedan, en términos del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de las leyes fiscales aplicables.
Sobre la falta de respuesta a las solicitudes de devolución, el SAT indicó que la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 establece el procedimiento para consultar los trámites de devolución [Regla 2.3.6. de la RMF para 2021].
Sin embargo, la autoridad fiscal recordó que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tendrán asignado un buzón tributario, como un sistema de comunicación electrónica, para que la autoridad fiscal notifique cualquier acto o resolución administrativa.
Por eso, para detectar las unidades administrativas que se encuentran en incumplimiento a dichas disposiciones, el SAT pidió a la Concamin indicar qué contribuyentes han enfrentado dicha problemática.
Esto lo publicó el SAT en el documento Segunda reunión bimestral 2021 con las coordinaciones nacionales de síndicos del contribuyente. La autoridad fiscal advirtió que la información contenida en el documento es de carácter informativo, y no crea derechos ni establece obligaciones distintas de las contenidas en las disposiciones fiscales.
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