Rebeca Marín
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) agregó 103 nombres a la lista de presuntas factureras, en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
El numeral establece que un plazo de 15 días para que los contribuyentes presenten información para desvirtuar la presunción de que emiten facturas falsas.
Artículo 69-B. Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.
En este supuesto, procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación a través de su buzón tributario, de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, así como mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, con el objeto de que aquellos contribuyentes puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Para ello, los contribuyentes interesados contarán con un plazo de quince días contados a partir de la última de las notificaciones que se hayan efectuado.
Estos 103 contribuyentes se encuentran en el periodo de 15 días para presentar la documentación.
La nueva lista incluye giros diversos en todo el país:
Joyerías en Taxco, Guerrero.
Empresas de consultoría en administración, servicios de administración de negocios, promotores de espectáculos artísticos, deportivos en Zapopan, Jalisco.
Distribuidoras de gas LP y empresas de suministros de información en CDMX.
Empresas de e servicios de administración de negocios, agencias de publicidad y de ropa en San Pedro Garza García, Nuevo León.
La autoridad fiscal debe evaluar la información enviada por los contribuyentes. En caso de que no sea satisfactoria, serán publicados en la lista definitiva de factureras.
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