Martín Aguilar
Apoyar a los integrantes de la familia para trabajar en la adquisición de conocimientos y herramientas que les permitan favorecer la revinculación familiar, así como la comunicación y acuerdos coparentales.
Durante el programa, "La Voz Judicial ", conducido por Jadira Armendáriz Buaun en ausencia de Tony Mancuso y Rosalía Buaun, acompañado por el Director de la revista Cúspide y Liberal Metropolitano, Lino Calderón Armenta, tuvieron como invita a la Lic. Aline Liliana Miranda Hernández, Jefa de la Unidad Departamental de Aplicación y Diagnóstico del TSJCDMX.
Miranda Hernández señala que la familia es el eje central de la sociedad, por lo que es "célula básica" de la sociedad, pues es en ella donde se logra formar la personalidad de cada integrante y, al mismo tiempo, transmitir los valores esenciales para ser buenas personas. Cabe destacar que la familia no solo tiene una misión clave en su interior, sino que también es partícipe del desarrollo de la sociedad.
La funcionaria, dijo que la conciliación familiar procede siempre y cuando se cumpla, como garantía mínima del procedimiento, un presupuesto, la previa manifestación de voluntad de las partes de someterse a dicho mecanismo alternativo, y que para los mismos efectos intervenga un mediador.
Miranda Hernández, aclaró que los problemas frecuentes en una familia son: peleas entre hermanos, problemas de adolescente, diferencia de opiniones y desacuerdos en la pareja, pérdida de la tranquilidad debido a conflictos entre padres, problemas de educación, problemas financieros, pérdida de trabajo, divorcio, adicción enfermedad mental o física.
Dijo que la principal función de Los Centros de Convivencia es facilitar los encuentros paterno o materno filiales, cuando no pueden llevarse a cabo en una sana relación dentro del seno familiar, brindando el espacio y atención especializada para el desarrollo integral de estos encuentros, salvaguardando en todo momento el interés superior de los menores.
Como alguien experimentada Miranda Hernández, afirma que la convivencia en un principio es para resolver problemáticas en virtud, de que provienen de situaciones en las cuales se registraron o se registran hechos de violencia familiar en su mayoría, actuaciones en las que se ven inmersos los menores de edad, y por lo que al interponer un Juicio ante las Autoridades Judiciales competentes, los miembros de la familia se ven condicionados por Jueces y Magistrados en materia Familiar, a recibir la atención de estos Centros de Convivencia, con la finalidad de que los participantes en las convivencias lleguen a un acuerdo en beneficio de los menores.
La funcionaria explica que el programa de Revinculación Familiar (PRF) es identificar de manera vivencial la interacción parento-filial y habilidades parentales, para definir la fase del PRF a la que serán incluidos el Responsable Conviviente, Responsable Custodio, niña, niño o adolescente, los aspectos a trabajar durante la misma, los horarios y sede del servicio, así como la periodicidad de los encuentros.
Añadió que está orientado a otorgar elementos de convicción al Operador de Justicia, propiciar el restablecimiento de la revinculación parento-filial y coparental, también está el acompañamiento emocional a las niñas, niños y adolescentes y orientación a los adultos, preservar el acceso a la participación activa y positiva de los adultos en la crianza de las niñas, niños y adolescentes y favorecer acuerdos coparentales en pro de la crianza de las niñas, niños y adolescentes.
Y es recomendable cuando la familia tiene disposición para participar y propiciar la revinculación, pero cuando la familia en la que alguno o todos sus integrantes explícita o implícitamente se nieguen a participar y propiciar la revinculación familiar; o cuando la interacción de la familia referida, representa un peligro para la integridad física, sexual y/o psicológica de la niña, niño y adolescentes, no es recomendable.
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