Martín Aguilar
El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó la primera suspensión definitiva en contra del nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), con la cual un ciudadano no estará obligado a entregar sus datos personales y biométricos.
La suspensión fue concedida durante la noche del 27 de abril y en ella se concluyó que la medida no ocasiona ningún perjuicio al interés social, pues aunque el Gobierno de México aseguró que la finalidad de dicho padrón es compartir información con autoridades de seguridad en casos de investigaciones criminales, su sola existencia no tiene como consecuencia inmediata la disminución de la incidencia delictiva.
"Por sí mismo el PANAUT no tiene como finalidad constituir un beneficio directo e inmediato para la colectividad, es decir, la implementación de dicho padrón no traerá como consecuencia inmediata, directa y necesaria, la disminución de la incidencia delictiva", argumentó.
El beneficiario de este amparo es Óscar González Abundis, quien no estará obligado a registrar su línea telefónica móvil en el PANAUT sin que le cause la cancelación de la misma. Tampoco deberá entregar datos personales y biométricos.
"Si la finalidad de ese padrón es que exista una base de datos para el intercambio de información entre el Instituto Federal de Telecomunicaciones y las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos, ello no quiere decir, que la sola vigencia de la norma provocará, en automático, la disminución de los delitos o, en su caso, que dichas autoridades puedan investigar delitos que antes no podían por la falta del PANAUT", se señala en el dictamen del Juez.
Bajo la misma línea, el Juan Pablo Gómez Fierro aclaró que con esta medida se está postergando el registro del usuario en el Padrón, lo cual no se traduce a la comisión o continuación de algún delito. Sin embargo, no descartó que las autoridades puedan investigar al respecto de la línea telefónica si es que ésta se ve involucrada en algún hecho ilícito.
A penas el pasado 26 de abril, el Juez primero Especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones, Rodrigo de la Peza, desechó 53 demandas de amparo que se interpusieron para impugnar la obligación de entregar datos personales y biométricos al nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) para obtener una línea de telefonía celular.
El Magistrado señaló que dichas demandas son improcedentes y prematuros, ya que la reforma legal sobre los datos biométricos aún no causa efectos en los clientes de teléfonos celulares.
"En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a que este juzgador deba considerar que durante el mismo, se está ante una norma heteroaplicativa", argumentó el Juez, con lo que expuso que las leyes heteroaplicativas no tienen algún perjuicio contra los ciudadanos por su sola entrada en vigor, sino que es necesario tener actos de aplicación por parte de alguna autoridad para que así los amparos sean válidos.
De acuerdo con la información, De la Peza informó sobre el rechazo de 21 amparos el pasado viernes 23 de abril, sin embargo, esta mañana fueron desechados 32 más.
El Juez recalcó que es necesario que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) expida disposiciones administrativas, en un plazo de 180 días -el cual es válido desde el 17 de abril-, para que las compañías telefónicas puedan recabar datos de los usuarios.
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