Diputados aprueban la Ley Olimpia en Comisiones y se va al Pleno

Martín Aguilar


Con 42 votos a favor y solo uno en contra, las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Justicia de la Cámara de Diputados, aprobó la denominada Ley Olimpia, que contempla una sanción de tres a seis años de prisión a quien cometa el delito de violación a la intimidad sexual.

 

De acuerdo con el dictamen turnado a la Mesa Directiva para ser discutido y votado en el pleno cameral, incurre en dicho delito quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

 

Asimismo, quien video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

 

El mínimo y el máximo de la sanción se incrementará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

 

Dichas conductas se sancionan además con una multa de quinientos a mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos.

 

El proyecto devuelto a la Cámara de Diputados por el Senado de la República reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal para tipificar la violencia digital como cualquier acto que cause daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres y que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

 

Para ello se adiciona el Código Penal Federal con los capítulos denominados "De la violencia digital y mediática" y "Violación a la Intimidad Sexual", con sus respectivas sanciones.

 

La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Wendy Briceño, subrayó que la reforma considera sanciones justas a para quienes violenten los derechos de mujeres, niñas y adolescentes en las plataformas digitales, divulgando, compartiendo, distribuyendo, compilando, comercializando, publicando imágenes, audios o videos de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital.

 

"Entendemos que esta minuta representa avances que se han hecho en diversas mesas de trabajo, que sabemos que emanan de una propuesta de la sociedad civil y que ese espíritu se retoma por ambas cámaras; legisladoras y legisladores con un gran compromiso", dijo.

 

En su turno, la presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega, calificó de impostergable la aprobación de la reforma en materia de violencia digital para proteger en mayor medida los derechos de las mujeres.

 

"No vamos a permitir que se violente el derecho a la intimidad, ni la dignidad de las mujeres, ni que las redes sirvan para continuar mercantilizando el cuerpo de las mujeres y niñas", advirtió a su vez la legisladora morenista Lorena Villavicencio.

 

Adicionalmente, en reunión semipresencial, las comisiones dictaminadoras aprobaron el proyecto de reformas para interrumpir la prescripción de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual y trata de personas, en los casos en que el sujeto activo desempeñe o asuma alguno de los cargos establecidos en el artículo 110 de la Constitución Política.

 

Quedan comprendidos en esa hipótesis los gobernadores, ministros, magistrados, diputados, senadores, legisladores locales, consejeros electorales, titulares de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, entre otros.

 

"No permitiremos que los cargos públicos o el fuero sea una patente de impunidad. No queremos más impunidad para los agresores. En pocas palabras, no más Macedonios, no más Gutiérrez de la Torre, no queremos víctimas re victimizadas por la sociedad, las instituciones, ni los hombres con masculinidades tóxicas", puntualizó Villavicencio. 

 

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