Rebeca Marín
Luego de que First Majestic inició un arbitraje contra México bajo reglas del T-MEC, debido a un reclamo de impuestos, la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro, respondió a la minera canadiense que los asuntos fiscales se resuelven en el país donde existe la problemática y no tienen que ver con tratados internacionales.
"Todo lo que está vinculado a asuntos fiscales no tiene que ver con los tratados internacionales, la materia fiscal se resuelve en el país donde se tiene la problemática fiscal y la parte de arbitraje internacional obedece a otro tipo de sanciones presumibles o de otro tipo de actividades", sostuvo esta tarde en conferencia de prensa.
El pasado 2 de marzo First Majestic presentó una solicitud de arbitraje internacional bajo el Capítulo 11 del nuevo T-MEC contra el Gobierno de México, con el fin de apelar el reclamo de 500 millones de dólares por parte del SAT por el cobro de impuestos entre los años fiscales 2010 a 2014 por cuenta de Primero Empresa Minera SA de CV (PEM), su subsidiaria en México.
Buenrostro señaló que la parte internacional, que obedece a reglas establecidas en tratados internacionales, es un área que coordina la Secretaría de Economía, por lo que con independencia de lo que se solicite en ese arbitraje internacional, la parte fiscal no forma parte de esos tratados.
Con relación a PEM, explicó que no se hizo una revisión directa del SAT contra PEM, sino que el fisco en 2015 inició un proceso en contra de un documento firmado por un funcionario del SAT donde se consideró que lo que firmó ese funcionario era lesivo para el Estado.
"¿Qué quiere decir esto? Que una actitud o un acto de autoridad de un servidor público que firmó un documento generó un beneficio a una empresa que estaba más allá de lo que permitía la Ley. Entonces, ese fue el acto que realizó el SAT contra ese documento firmado por el funcionario y lo que se inició fue un juicio de lesividad que nosotros lo ganamos en primera instancia", expuso.
En este sentido, Buenrostro subrayó que no es un juicio contra la empresa, sino un juicio de lesividad contra el documento que firmó ese servidor público.
Indicó que fue en noviembre del año pasado cuando el SAT ganó en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa el asunto; sin embargo, la persona se sintió afectada por la decisión que tomó el tribunal y se inconformó, por lo que se inició la segunda instancia debido a que el afectado interpuso un amparo contra el resolutivo del tribunal.
"El tribunal nos dijo 'sí procede la lesividad'. La empresa se amparó contra la decisión del tribunal, tienen que correr los tiempos legales para que los tribunales determinen si la interposición del amparo procede o no procede", señaló.
Buenrostro reiteró que, independientemente del proceso judicial, el SAT hace sus labores normales de fiscalización y cobranza, y se hacen notificaciones a las personas morales en ese sentido.
"Son dos cosas diferentes y una va corriendo de manera paralela, y lo que tenemos que agotar son todas las instancias y tenemos derecho y autoridad de hacer valer lo que consideremos con apego a Derecho. El contribuyente persona moral también tiene derecho a ser valer lo que él considere lo más conveniente y eso se tendrá que decidir en una tercera instancia y tendremos que esperar los tiempos y procesos legales", refirió.
0 Comentarios