Rebeca Marín
La enfermedad de COVID-19 resultó para muchas familias un gasto imprevisto que desfalco sus bolsillos en medio de la crisis, sin embargo, las personas pueden deducir algunos de sus gastos en la Declaración Anual 2020 y obtener una devolución de impuestos que alivie un poco su situación económica.
Son gastos deducibles asociados a la atención de Covid-19 los honorarios médicos, tratamientos y consultas (incluidas las que fueron vía Zoom), servicios de psicología y nutrición, gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias), análisis clínicos, estudios de laboratorio, honorarios a enfermeras y gastos funerarios.
"Si alguien que tuvo Covid fue hospitalizado, ese gasto es deducible. Lo que no es deducible es cuando el paciente, por recomendación del hospital, se fue a su domicilio con tratamiento, oxígeno y atención virtual, ahí la definición de gastos médicos queda corta", explicó Miguel Angel Tavares, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
Las familias que compraron o alquilaron un tanque de oxígeno o un concentrador de oxígeno, también pueden hacer deducible ese gasto al ser aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, de igual forma, las pruebas PCR podrían ser deducibles si se cumplen algunas condiciones.
"Si el contribuyente en general tuvo la necesidad de comprar un tanque de oxígeno o de hacerse una prueba y tiene una constancia expedida por instituciones hospitalarias, estos gastos sí podrían ser deducibles", explicó.
Otro gasto que hicieron las familias fue en equipo de protección personal como son cubrebocas, caretas y lentes de protección, sin embargo, Tavares dijo que esa erogación no entra en la definición de gastos deducibles a pesar de que hubo desembolsos importantes.
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