Personal del SAT se va de vacaciones a partir del 17 de diciembre

Rebeca Marín

 


El 9 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020, segunda versión anticipada.

 

El documento tiene dos páginas y prevé la reforma a una regla para establecer los días de vacaciones e inhábiles para el SAT, de diciembre de 2020 y enero de 2021. La regla a reformar de la RMF para 2020 establecería lo siguiente:

 

 Son periodos generales de vacaciones para el SAT:

 

Los días 17, 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020.

 

El 4 y 5 de enero de 2021.

2. Son días inhábiles para el SAT:

 

Los días 24 y 31 de diciembre de 2020.

 

El 6 de enero de 2021.

 

El documento indica que la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

La primera versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020 fue publicada el 4 de diciembre y prevé la reforma a una regla para modificar la forma de realizar el pago de derechos sobre minería.

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