Rebeca Marín
Se publicó en el DOF del 1o. de abril de 2020, en su edición vespertina, un acuerdo por el que se reforma el diverso que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y suspende los plazos y términos que se indican, el cual entró en vigor el día de su publicación.
Derivado de los acuerdos del Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud sobre la declaración de emergencia sanitaria y las acciones extraordinarias para atender las mismas publicadas en el DOF el 30 y 31 de marzo de 2020, la Profeco tiene a bien modificar el acuerdo publicado para ajustarlo en los términos siguientes:
Los procedimientos de conciliación que cuenten con fecha de audiencia programada del 23 de marzo al 30 de abril de 2020.
Las quejas o reclamaciones en las Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO), durante el periodo comprendido del 23 de marzo al 30 de abril de 2020.
Se suspenden los términos y plazos procesales, para la sustanciación de procedimientos por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor y procedimientos arbitrales del 23 de marzo al 30 de abril de 2020.
Se suspenden los términos y plazos procesales en los registros públicos: de contratos de adhesión, incluidos los relativos a telecomunicaciones y su emisión de dictámenes; de consumidores, y el de casas de empeño, del 23 de marzo al 30 de abril de 2020.
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