José Francisco Montaño.-
Por unanimidad, con 101 votos, el Senado de la República aprobó la minuta que reforma siete leyes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política en contra de las mujeres, así como establecer medidas de protección y reparación del daño.
El Pleno de la Cámara de Senadores dedicó la sesión a promover acciones legislativas que protejan, amplíen y salvaguarden los derechos de las mujeres y niñas, en el marco del Día Internacional de las Mujeres.
Las y los senadores modificaron el proyecto enviado por la Cámara de Diputados para precisar que la violencia política, en razón de género, es toda acción u omisión, ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.
También, el impedir a las mujeres el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas correspondientes a una precandidatura, candidatura o a un cargo público.
Explicaron que hay acciones u omisiones que se basan en elementos de género, cuando se dirigen a una persona por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella, tratándose de precandidaturas, candidaturas o cargos públicos del mismo tipo.
El documento especifica que la violencia política contra las mujeres puede expresarse al restringir o anular su derecho al voto libre y secreto, obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones, impedir su registro como candidatas, realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género, entre otras prácticas.
Aunado a ello, describe el tipo penal de violencia política en razón de género y establece las penas correspondientes.
Señala que corresponde al Instituto Nacional Electoral y a los Organismos Públicos Locales Electorales, promover la cultura de la no violencia, e incorporar la perspectiva de género al monitoreo de transmisiones sobre las precampañas y campañas electorales en los programas de radio y televisión, que difundan noticias.
El proyecto contempla sanciones administrativas para quienes cometan violencia política en razón de género. Establece que cuando se acredite este tipo de violencia el INE ordenará que el infractor ofrezca disculpa pública para reparar el daño, utilizando el tiempo correspondiente, con cargo a las prerrogativas, de radio y televisión del partido político.
Asimismo, se establecen medidas cautelares y de reparación en casos de violencia política de género, con el objetivo de garantizar la mayor protección a las mujeres.
Otro de los aspectos que destacan de esta reforma, es el establecimiento de la obligación de los partidos políticos de garantizar la paridad de género en sus candidaturas, así como la igualdad de condiciones, entre mujeres y hombres, en sus órganos internos de dirección y espacios de toma de decisiones.
Al presentar el dictamen, la senadora Martha Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión Para la Paridad de Género, destacó que se da un paso histórico porque se hace realidad la demanda de tantas mujeres que han sido víctimas de discriminación, desigualdad y violencia por aspirar a ejercer el poder, a construir la patria o a un puesto de decisión.
Recordó que la violencia política en razón de género ha sido un tema que se intentó plasmar en diversos cuerpos normativos, desde hace muchos años y, hasta la fecha, no había sido posible.
Comentó que la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales informó que, entre 2013 y 2016, se registraron 416 expedientes por violencia política de género. En tanto, entre enero y junio de 2017, se contabilizaron 87 víctimas más. Por ello, dijo, es necesario un diseño legal capaz de abordar de manera estructural esta problemática a nivel nacional.
0 Comentarios