Fiscalía capitalina informa sobre el dictamen del choque de dos trenes del STC Metro

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México informa que los dictámenes periciales realizados con motivo del choque de dos trenes del Sistema de Transporte Colectivo Metro, ocurrido a las 23:38 horas del pasado 10 de marzo en la estación Tacubaya, determinaron que el accidente fue el resultado de omisiones de operación, incurridas por el conductor y la reguladora en los procedimientos de seguridad correspondientes. 

El peritaje realizado por la Fiscalía, en el que participaron 12 especialidades, coincide con el presentado por la empresa alemana TÜVRheinland, contratada para elaborar un dictamen de manera independiente. A partir de los análisis de caja negra, radio Tetra, telefonía fija, videos y documentos técnicos. 

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS 

Al salir de la estación Tacubaya con rumbo a la estación Observatorio, el conductor del convoy 33 recibió alertas en su tablero de control. Ante esta situación, el sistema de seguridad del tren actuó, bloqueándose en automático. 

De acuerdo con los manuales operativos en el STC, el conductor estaba obligado a aplicar el frenado del convoy, mediante la maniobra de estacionamiento de emergencia en rampa. 

La reguladora de la línea no instruyó al conductor a realizar esas medidas, que implicaban mantener el convoy detenido de forma segura, sino por el contrario, le instruyó a que avanzara. 

El conductor cambió el modo de pilotaje automático a manual limitado, con la autorización de la reguladora del Puesto Central de Control. Cabe señalar que en este modo de conducción no se cuenta con ningún dispositivo de seguridad del tren. 

A partir de ese momento y durante ocho minutos, en el video se observa a diferentes personas que entraron y salieron de la cabina del conductor, cuando los manuales señalan que para ese momento debería ponerse en frenado manual y con calzas en cada vagón y desalojar el tren. 

Es de señalar que, de acuerdo al registro de la caja negra, aunado a lo anterior, se observaron que las diferentes maniobras provocaron que se perdiera la presión del aire del sistema de frenado. 

Durante esos ocho minutos, de acuerdo a los protocolos, el Puesto Central de Control nuevamente debió ordenar que se aplicara el freno de estacionamiento de cada vagón, desalojar el tren, así como prevenir a tiempo al operador del convoy 38, que se encontraba en la estación Tacubaya, lo cual no ocurrió.

CONCLUSIONES 

1.         El hecho pudo evitarse si el conductor del tren 33 y la reguladora hubieran actuado conforme a los manuales técnicos operativos del STC, mismos que conocían y para los cuales fueron capacitados. 

2.         El tren 33 recibió su último mantenimiento el pasado 09 de marzo de este año y funcionaba correctamente. 

3.         Las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo cuentan con las medidas de seguridad requeridas para la operación y funcionamiento, en particular en el tramo que comprende la estación Tacubaya-Observatorio. 

4.         El sistema intrínseco y redundante de seguridad operativa del tren funcionaba de manera correcta. 

5.         De los dictámenes, se desprende que el Metro continúa siendo un medio de transporte eficiente y seguro, tanto para los usuarios como para su personal. 

Como resultado de lo anterior, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México integra la carpeta de investigación correspondiente, en las hipótesis de homicidio culposo y lesiones para que en su momento se ejerza acción penal. 


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