Martín Aguilar
De conformidad con el artículo 83 de la Ley General de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Desarrollo Social (CNDS) tiene la facultad de elegir a los Investigadores Académicos del CONEVAL, a través de una convocatoria pública y abierta.
La CNDS está integrada por 45 representantes de los tres órdenes de gobierno: secretarias y secretarios de desarrollo social (o su homólogo) de los 32 gobiernos estatales; las asociaciones municipales; el Poder Ejecutivo, a través de las secretarías de Bienestar, Educación, Salud, Trabajo y Previsión Social, Agricultura y Desarrollo Rural y Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Poder legislativo, mediante las Comisiones de Desarrollo Social de ambas Cámaras.
Es en este sentido que, el CONEVAL informa que, al 28 de enero, fecha límite para la entrega de documentación que señala la Convocatoria para la elección de tres de los seis Investigadores Académicos, recibió la documentación de 104 postulantes; sin embargo, sigue la etapa de revisión de expediente y posteriormente el análisis de la información entregada para determinar el cumplimiento de la Convocatoria.
De acuerdo con la Convocatoria, publicada el 9 de enero pasado, en caso de faltar algún requisito en la documentación entregada por alguno de los postulantes, el CONEVAL cuenta con tres días hábiles para notificar la omisión a la persona interesada. Posteriormente, el solicitante tiene un plazo improrrogable y único de cinco días hábiles para subsanarla.
Después de que todos los postulantes hayan entregado la documentación solicitada, el CONEVAL integrará los expedientes y los remitirá a la CNDS, en formato electrónico, a más tardar siete días naturales posteriores al proceso de revisión detallado en el párrafo anterior.
La relación de las personas interesadas en ser Investigadores Académicos del CONEVAL está disponible en la página web del Consejo para su consulta: www.coneval.org.mx
Procedimiento de votación
La designación de los tres Investigadores Académicos del CONEVAL se llevará a cabo en una sesión extraordinaria de la CNDS, la cual se celebrará dentro del periodo que establezca la propia Comisión.
Durante esta sesión extraordinaria, cada miembro presente de la CNDS o su suplente procederá a elegir únicamente a tres Investigadores Académicos, de los que se postularon; para ello, podrá emitir hasta tres votos, uno por candidato. Los votos serán depositados en urnas transparentes instaladas al centro del lugar en donde sesionan los integrantes de la CNDS.
Una vez que los integrantes de la CNDS hubiesen emitido sus votos, se designará entre ellos mediante acuerdo económico, a tres escrutadores, quienes realizarán el conteo de los votos emitidos.
El conteo de votos por cada candidato se realizará de manera pública en la misma sesión y deberá reflejarse a través de medios impresos o electrónicos que estarán a la vista de todos. Serán designados como integrantes del CONEVAL los Investigadores Académicos que obtengan el mayor número de votos en cada una de las etapas correspondientes.
El Secretario Técnico de la CNDS hará constar de manera indubitable en el acta de la sesión, el nombre y número de votos obtenidos por los candidatos ganadores en cada una de las etapas correspondientes.
La lista de resultados de los investigadores académicos designados por la Comisión Nacional de Desarrollo Social será publicada en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del CONEVAL www.coneval.org.mx.
La importancia de los Investigadores Académicos en el CONEVAL
La LGDS establece que el CONEVAL tiene dos funciones básicas: evaluar la política de desarrollo social y medir la pobreza.
Algo fundamental en el mecanismo de convocatoria y de elección de los investigadores académicos es que, quienes son electos deben carecer de compromiso alguno tanto con partidos como con actores políticos.
Asimismo, los Investigadores Académicos, que son mayoría en el Órgano de Gobierno, no son funcionarios públicos. El reglamento de la LGDS establece que los seis investigadores académicos deben continuar formalmente adscritos a las instituciones de investigación superior a la que pertenecen.
Estos elementos han sido fundamentales para que el CONEVAL cuente en la práctica con la autonomía técnica y de gestión que señala la LGDS.
Los derechos y obligaciones de los investigadores académicos están enmarcados por las estructuras organizativas de las instituciones de educación superior a las que están adscritos.
Por ello, tanto las actividades a desarrollar como el vínculo legal con el CONEVAL quedan establecidos por un contrato de prestación de servicios.
Los investigadores académicos, en su calidad de profesores e investigadores, y con el respaldo de estar o haber pertenecido al Sistema Nacional de Investigadores (SNI), siguen de cerca los avances del conocimiento en los ámbitos de la pobreza y la evaluación en los medios académicos, lo que permite a la Institución estar en la frontera del conocimiento.
Desde el inicio del CONEVAL, los Investigadores Académicos cuentan con amplia experiencia en la problemática social y con formación altamente plural. Provienen de distintas disciplinas con diversas posiciones teórico-metodológicas y escuelas de pensamiento.
Las y los consejeros son mujeres y hombres que laboran en instituciones académicas no sólo en Ciudad de México sino también de otras entidades federativas del país, así como de instituciones académicas del sector privado y del sector público.
La participación de los investigadores académicos en el CONEVAL y en sus labores académicas regulares explica las contribuciones que ha hecho el Consejo al avance de la medición multidimensional de la pobreza y en materia de evaluación de programas y políticas sociales no sólo en México sino a nivel mundial.
Los investigadores académicos del CONEVAL reciben una remuneración por la prestación de sus servicios, pero no cuentan con plaza presupuestaria, ni aguinaldo, ni pago de bonos, ni de teléfonos celulares, ni tampoco cuentan con asistentes. Ellos y ellas siguen laborando en sus respectivas instituciones de educación superior.
El carácter académico del Órgano de Gobierno del CONEVAL es un elemento fundamental para entender su propio funcionamiento. Ya que, a pesar de su pluralidad, las decisiones se toman considerando el consenso de sus miembros. Cabe destacar que, en todo momento, las discusiones que se realizan al interior de este Órgano son con el mayor rigor científico posible y fundamentadas en la evidencia empírica más actual.
En el método científico los procedimientos y los resultados deben tener la característica de ser replicables por cualquier individuo. El CONEVAL ha adoptado este principio de transparencia científica en su proceder diario gracias al Órgano de Gobierno. De esta forma, una vez que el INEGI hace pública la información de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto de los Hogares (ENIGH), el CONEVAL publica electrónicamente los archivos de cálculo de las estimaciones de la medición de pobreza que genera, de modo que los interesados estén en condiciones de reproducir las cifras oficiales. Asimismo, toda la información relativa a la evaluación de los programas sociales se encuentra en la página electrónica del CONEVAL.
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