Rebeca Marín
Enero 26, 2020
No declarar el Impuesto sobre la Renta del ejercicio para personas físicas de acuerdo a tu régimen fiscal es una obligación para cumplir con tus obligaciones fiscales.
La declaración anual debe contener la información de tus ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales, y se realiza a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla.
En algunos casos absolutamente nada, ya que gracias a una figura del Código Fiscal de la Federación se establece una figura llamada "espontaneidad" que da luz verde a que si el SAT no te la solicita, podrás mantenerte hasta que diga lo contrario.
Sin embargo, el riesgo de no hacerlo es importante y en abril el proceso debe hacerse todas las personas físicas, de lo contrario el SAT te la solicitará y con una multa de paso.
Pero no es todo, también puedes ser sujeto a una auditoría si existió discrepancia fiscal o cualquier otra irregularidad detectada por las autoridades fiscales.
Por ello si por alguna razón "se te pasa" no presentar tu declaración antes del 30 de abril debes acercarte a las oficinas del SAT para realizar una declaración en formato normal y así cumplas.
Si lo haces por primera vez debes hacerla con el formato habitual, en DeclaraSAT, aunque sea extemporánea o por requerimiento de la autoridad.
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