Enero 27, 2020
En los últimos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una advertencia a través de sus redes sociales: emitir facturas con un RFC distinto a la persona que adquirió el bien o contrato del servicio es una infracción.
De acuerdo con la autoridad fiscal, la multa que corresponde a la infracción puede ir de mil 670 a 95 mil 300 pesos, y hasta la clausura preventiva del negocio.
La advertencia parece derivar del "boicot fiscal" difundido en redes sociales para que los contribuyentes pidan factura de los productos o servicios adquiridos con el RFC del presidente Andrés Manuel López Obrador. El supuesto objetivo de la convocatoria es que el SAT le determine una discrepancia fiscal al presidente.
Actualmente, en redes sociales circula información de personas que supuestamente facturaron a nombre de López Obrador, como parte del "boicot fiscal". Pero también hay personas mostrando su malestar por esta práctica.
De acuerdo con el SAT, el fundamento legal de la infracción es el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación (CFF).
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