Rebeca Marín
Diciembre 28, 2019
El pasado 19 de noviembre se firmó un acuerdo entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de México, con el fin de generar próximamente facturas de forma instantánea al momento de pagar con una tarjeta bancaria, en una terminal punto de venta de un establecimiento comercial.
Esto significará que el Registro Federal del Contribuyente (RFC) se asociará con una tarjeta para integrar el proceso de facturación. "El contribuyente podrá tener la certeza de que se generó la factura, simplemente con leer el código QR que se imprimirá en el comprobante y no tendrá que dar ningún dato adicional para obtener su factura", indicó en su momento el SAT.
Ante la incertidumbre y rumores que se han generado por este acuerdo, mismos que han señalado que este mecanismo será utilizado por la autoridad fiscal para ir contra los contribuyentes que gasten más respecto a sus ingresos, expertos dieron su punto de vista sobre el tema.
En primera instancia, la autoridad fiscal, en este caso el SAT, tiene desde hace tiempo la facultad de revisar la información de un contribuyente con el fin de conocer si sus gastos corresponden a sus ingresos.
En caso de que la autoridad encuentre, vía la declaración anual de impuestos, que una persona gastó en un año más de lo que ingresó, ésta estaría en un supuesto de discrepancia fiscal y tendría que pagar el Impuesto sobre la Renta de la diferencia, además de multas y recargos establecidos en el marco legal.
"El tema de una discrepancia siempre ha existido, no hay un tema distinto. La autoridad fiscal ha estado registrando desde hace tiempo discrepancias fiscales con la relación de los ingresos y gastos que tiene un contribuyente", explicó Guillermo Mendieta, socio de la firma Mendieta y Asociados.
En este contexto, la autoridad fiscal ha emitido información al respecto para no confundir al contribuyente. De acuerdo con el SAT, la factura instantánea es sólo una medida de facilitación para la emisión de este comprobante, por lo que calificó como mentira que con este mecanismo se vayan a fiscalizar los gastos que se hagan con una tarjeta para comprobar si existe un tema de discrepancia fiscal.
El organismo fiscalizador también señaló que es mentira que será obligatorio la expedición de la factura instantánea, pues de inicio cada establecimiento y consumidor decidirán si expide o solicitan el documento.
Para Mendieta, aunque esta medida de inicio será opcional, posiblemente con el paso del tiempo se vuelva obligatoria. "Posiblemente en un futuro lejano, si el año que viene será una prueba de esta medida, se verá cómo evoluciona y probablemente para el 2021 o el 2022 podríamos ver ya como una obligación la emisión de la factura con este mecanismo".
Asimismo, el SAT señaló que el incluir el RFC de una persona a la información del chip con el que cuenta la persona será decisión de cada contribuyente y cada banco definirá el procedimiento para incorporarlo.
Aunque el tema de la discrepancia fiscal no es nuevo, ni llega con el mecanismo de la factura instantánea al momento de pagar con una tarjeta bancaria, los expertos alertaron sobre el riesgo de caer en este supuesto para los trabajadores que ante el SAT tributan un salario, pero en realidad dicha remuneración es mayor por conveniencia de la empresa donde laboran.
"Ellos sí están en un problema (de discrepancia fiscal), porque estrictamente el patrón no debería de estar en esquemas malos de outsourcing donde los dan de alta con el mínimo y 80% de su salario se lo dan bajo otras figuras que según los asesores que utilizan están libres de impuestos, eso es una simulación", comentó Manuel Toledo, socio de la firma Proactive Tax & Legal, quien añadió que en caso que el SAT detecte un tema de discrepancia, le solicitaría explicaciones al trabajador sobre su situación laboral y éste podría tener problemas.
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