Fwd: SAT modifica reglas generales para comercio exterior

Rebeca Marín

El 22 de noviembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019 (Segunda RMRGCE 2019) y sus anexos 1, 1-A, 19 y 22.
Se trata de un documento de 19 páginas que establece modificaciones a un término del glosario, a 20 reglas, a cuatro anexos y a tres artículos transitorios. Las principales modificaciones de la Segunda RMRGCE 2019 son las siguientes:

Primero. Se modifica el glosario

Se elimina de los acrónimos el Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA) y se adiciona a las definiciones el pago electrónico:
       "Es el canal de pago que ofrecen las instituciones de crédito autorizadas para el cobro de contribuciones de comercio exterior, por medio del cual se envían y reciben múltiples pagos mediante el uso de la línea de captura de comercio exterior, a través del intercambio de información entre los sistemas electrónicos de los usuarios de comercio exterior y las instituciones de crédito autorizadas para el cobro de contribuciones de comercio exterior".

Segundo. Se modifican 20 reglas de la RMRGCE 2019

Las reglas que se modificaron son las siguientes:  
1.2.1., 1.4.12., 1.4.13., 1.4.14., 1.6.2., 1.6.6., 1.6.22., 1.8.3., 2.2.3., 3.3.1., 3.5.11., 3.5.13., 3.7.18., 3.7.21., 4.3.21., 4.5.12., 4.5.31., 4.6.20., 4.6.23., y 7.2.7.

Tercero. Se modifica el Anexo 1 "Formatos de Comercio Exterior"

Se modifica el apartado "D. Declaraciones" para eliminar el formato "D7. Formulario múltiple de pago para comercio exterior" y se adicionó el formato electrónico "D11. Formulario múltiple de pago para comercio exterior". Además se modifica el apartado "G. Pedimentos y anexos" para modificar los formatos "G1. Pedimento" y "G5. Formato para la Impresión Simplificada del Pedimento".

Cuarto. Se modifica el Anexo 1-A "Trámites de Comercio Exterior"

Se adiciona la ficha de trámite "126/LA Instructivo de trámite para dar aviso que las cuentas de quienes realicen actividades vulnerables se encuentran registradas ante la autoridad aduanera (Regla 1.6.2., tercer párrafo)".
Se adiciona la ficha de trámite "127/LA Instructivo de trámite para solicitar la corrección de la situación fiscal por la omisión de pago de contribuciones o aprovechamientos al comercio exterior, durante el ejercicio de facultades de comprobación (Regla 1.6.6., segundo párrafo)".

Quinto. Se modifica el Anexo 19 "Datos para efectos del artículo 184, fracción III de la Ley Aduanera"

Se derogar el numeral "26. Certificación de PECA" y se adicionan el numeral "27.   Depósito referenciado (línea de captura) y, en su caso, la impresión del pago electrónico conforme al Apéndice 23, del Anexo 22" y el "28. Código QR, verificador de pago o cumplimiento".

Sexto. Se modifica el Anexo 22 "Instructivo para el llenado del Pedimento":

Se modifican los siguientes apartados:

"Encabezado principal del pedimento"

"Documentos que amparan las formas de pago…"

"Distribución de copias"

Se modifican los siguientes apéndices:

Apéndice 8 "Identificadores"

Apéndice 12 "Contribuciones, cuotas compensatorias, gravámenes y derechos"

Apéndice 13 "Formas de pago"

Se deroga:

Apéndice 20 "Certificación de pago electrónico centralizado aduanero"

Se adiciona:

Apéndice 23 "Pago electrónico"

La Segunda RMRGCE 2019 entra en vigor el 25 de noviembre de 2019.


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