Que se debe de saber para cobrar una herencia

Rebeca Marín


Un testamento es un mecanismo legal avalado ante un notario público que expresa la voluntad de una persona sobre el destino de sus bienes y derechos en el momento de morir.


"No tener información básica sobre el testamento puede llevar no sólo a conflictos personales, sino a perder el patrimonio heredado", afirma Sebastián Medrano, director de Coru.com.

La plataforma de servicios financieros Coru.com da las siguientes recomendaciones para exigir el cumplimiento de una herencia testamentaria en México.


"El cobro de una herencia puede ser largo, pero si se siguen las instrucciones al pie de la letra, no debería representar mayor problema", añade Medrano.


En el caso de las sucesiones hereditarias testamentarias. Es decir, aquellas donde la persona fallecida dejó elaborado un testamento y dispuso de sus bienes, se pueden tramitar por vía judicial o notarial.


Si se hace por vía judicial


1.- Debe presentarse un escrito ante la Oficialía de Partes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad donde se acredita el fallecimiento por medio de un acta de defunción. Al mismo tiempo, el interesado debe acreditar el interés jurídico de cobrar el testamento. Esto puede hacerse según cada caso: con el acta de nacimiento en caso de hijos del fallecido, con acta de matrimonio si se trata de cónyuge.


2.- Ante una sucesión hereditaria por vía judicial, se necesita presentar una lista de los bienes y adeudos.


3.- Se presenta todo lo relativo a la administración del patrimonio de la sucesión.


4.- El proceso termina con la partición de bienes. En caso de que el difunto haya dispuesto bienes específicos a alguien en particular, el juez deberá adjudicar dichos bienes a esas personas.


Por último, se lleva a cabo la escrituración en la que un notario público adjudica oficialmente los inmuebles a los herederos. En este caso hay que pagar los impuestos correspondientes e inscribir los bienes en el Registro Público de la Propiedad, en el que se informa el cambio de propietario.


Mediante la vía jurídica será necesario contratar un abogado especialista en sucesiones hereditarias y será siempre el proceso más largo y costoso.


Por la vía notarial


Es importante que el trámite no sea solicitado por menores de edad o mayores con alguna discapacidad de sus facultades mentales. Además, se pide que no haya conflicto entre los herederos, de lo contrario procede el trámite por vía judicial.


1.- Si todo está en regla, los interesados acuden ante un notario público.


2.- Se otorga la escritura de aceptación de herencia y del cargo de albacea para que el notario pueda realizar dos publicaciones en el diario de la ciudad.


3.- Se realiza una segunda escritura que contiene la información de inventario y avalúo. Se realiza también la adjudicación de los bienes y por último el pago de impuestos que corresponde y la inscripción al Registro Público de la Propiedad.


Este proceso, puede llevar desde dos meses, si no surge ningún problema adicional.


Finalmente, aunque el trámite para cobrar un testamento no es precisamente rápido, lo ideal es hacerlo correctamente y mediante el acuerdo entre los herederos.



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