Por Rebeca Marín
Si como persona física optaste que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de la declaración anual fuera en parcialidades, pero en alguno de los pagos no pudiste realizarlo por no contar con el dinero o simplemente por olvido de realizar el pago, es necesario que generes una nueva línea de captura, pero tomando en cuenta los recargos causados.
Si no tienes las líneas de captura de los pagos en parcialidades del ISR anual de la persona física, los puedes consultar en la sección de "Impresión de acuse" dentro del aplicativo del SAT para el envío de la declaración anual.
Al enviar la consulta dará como resultado el Acuse de recibo de la declaración anual (1ra parcialidad) y los FCF para el pago de las parcialidades.
Se recomienda contar con estos documentos para conocer los montos, línea de captura y fechas límite para el pago.
En la página del SAT se indica que puedes obtener una nueva línea por tus adeudos fiscales, pero no está claro cuál es el procedimiento o si estos aplican para el pago del ISR de la declaración anual. Por lo que es mejor seguir las indicaciones que se encuentran dentro del propio FCF generado para el pago de la parcialidad del ISR de la declaración anual.
Al no tener información de forma clara en la página del SAT, la recomendación sería que el contribuyente se pusiera en contacto telefónico con el personal del SAT para obtener la nueva línea de captura con los recargos según lo establecido en la fracción III de la regla 3.17.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
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