TEDF ordena a IEDF reinstalación de trabajadores
Lino Calderón
El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) ordenó al Instituto Electoral del Distrito Federal reinstalar inmediatamente a varios servidores públicos de ese instituto en las plazas, cargos o puestos en los que se venían desempeñando y de los cuales fueron despedidos injustificadamente.
Al resolver el juicio laboral 5 del 2014, las Magistradas y los Magistrados señalaron que la notificación del despido se realizó 10 meses después de que el IEDF debió dar por terminado el vínculo laboral, por lo que la acción de ese instituto para despedirlos ya estaba prescrita.
Por lo anterior, el Pleno de este Tribunal condenó al IEDF a pagar a dichos funcionarios salarios caídos, vales de despensa, aguinaldo, prima vacacional, fondo de ahorro, póliza de seguro de gastos médicos, así como al enteramiento y pago de las cuotas al ISSSTE, FOVISSSTE y SAR.
Por otro lado, este órgano jurisdiccional confirmó la convocatoria para el otorgamiento del registro como organización adherente local del Partido Revolucionario Institucional, emitida por el Comité Directivo del PRI local, el cual había sido impugnado por Blanca Patricia Gándara Pech.
Gándara Pech argumentaba que la convocatoria al estar dirigida única y exclusivamente a asociaciones civiles, representaba un claro procedimiento de afiliación corporativa, en prejuicio de la militancia activa.
Al dictar sentencia al juicio para la Protección de los Derechos Político–Electorales de los Ciudadanos identificado con el número 173 de 2014, las Magistradas y los Magistrados concluyeron que la Convocatoria no establece en sus bases una modalidad de afiliación corporativa, por lo que no se violenta el derecho humano a la asociación, sino que por el contrario, impone una serie de requisitos acordes con el Artículo 41 constitucional, el cual proscribe de manera expresa la afiliación corporativa en los partidos políticos.
Finalmente, el TEDF desechó el juicio ciudadano175/2014, promovido por Blanca Patricia Gándara Pech en contra de la resolución de la Comisión de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, pues la Sala Regional DF del TEPJF ya había revocado la resolución de la comisión priista, por lo que el juicio 175 de este año quedó sin materia.
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